Guía para entender las recomendaciones del Pacto de Toledo

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Con el texto definitivo elaborado por los portavoces -al que ha tenido acceso la SER- explicamos cuáles son los principales puntos sobre los que el gobierno elaborará su reforma de las pensiones

RAFA BERNARDO 23-12-2010
La Cadena SER ha tenido acceso al texto, ya redactado por el letrado de la Comisión del Pacto de Toledo, al que la Comisión parlamentaria ha dado el visto bueno (eso sí, con reservas importantes por parte de la izquierda parlamentaria y el PP). Este documento pasará el día 29 de diciembre por el debate y votación en Comisión y, ya en enero, llegará al pleno. En este trámite, los grupos que se oponen a ciertos aspectos de lo pactado – en particular, lo referido a la edad de jubilación- tratarán de incorporar nuevos contenidos
¿Qué recomienda finalmente el texto en materia de edad de jubilación?
El último texto no introduce cambios sobre lo ya redactado: en el punto más polémico -la intención del gobierno de subir la edad de jubilación de 65 a 67 años- no hay acuerdo. Los diputados lo han redactado así: “La Comisión constata que no se ha alcanzado acuerdo alguno en materia de edad legal de jubilación”. El PP ya ha anunciado su intención de que en el trámite parlamentario que queda aún este redactado cambie para cerrar las puertas al gobierno a aumentar la edad.
Por lo demás, la recomendación referida a edad de jubilación incluye los siguientes puntos destacados, siempre con el objetivo de que se prolongue la vida laboral de los ciudadanos:
Evitar el abuso de las jubilaciones anticipadas.
Según el diagnóstico de los partidos, “se ha convertido, básicamente, en una fórmula de regulación de empleo”. Proponen que la jubilación anticipada se convierta en “un derecho al que podría accederse en los supuestos de largas carreras de cotización”. Eso sí, dejan la puerta abierta a que se establezcan mecanismos de retiro anticipado para trabajos especialmente penosos o peligrosos.
Que los que más trabajen puedan cobrar más que la pensión máxima
Los incentivos actuales no permiten esta posibilidad. La Comisión propone que “aquellas cotizaciones que darían lugar a una pensión superior al tope máximo den lugar a un incremento mensual de la pensión final, el cual ha de suponer una mejora de la pensión máxima”.
Compatibilizar pensión y trabajo
Hoy esa posibilidad está “muy restringida” y “no incentiva la continuidad laboral”. Por eso, se plantea la posibilidad de “una mayor compatibilidad entre percepción de la pensión y percepción del salario por actividad laboral”.
Eliminar la jubilación obligatoria en los colectivos en los que se aplica
Para la Comisión, hay que “remover la normativa que fuerza a colectivos o personas a la jubilación obligatoria, en contra de sus deseos y capacidades”.
Ampliación del periodo de cálculo de la pensión
Es otro de los puntos clave del texto, en el que están de acuerdo en esta ocasión todos los grupos salvo los de la izquierda parlamentaria. En el redactado, queda así: “La Comisión defiende que las modificaciones del periodo de cálculo para la cuantificación de la pensión de jubilación que se han venido realizando en España se han demostrado adecuadas, y entiende que ha de proseguirse en la misma línea, correspondiendo al Gobierno, mediante el pertinente diálogo social y con criterios técnicos claros, realizar una propuesta al respecto.” Se insta a que este aumento se aplique con “gradualidad”, aunque los trabajadores a los que le venga bien este nuevo método puedan acogerse a él de manera “plena e inmediata”.
El periodo de cálculo de la pensión se hace actualmente sobre los 15 últimos años cotizados. La intención del gobierno, expresada por el ministro de Trabajo, es ampliarlos a 20 sin descartar la posibilidad de seguir subiéndolos hasta 25.
En este punto, por cierto, la Comisión defiende también que todos los años cotizados cuenten igual a la hora de calcular la pensión. Actualmente, cada año entre los 15 y los 25 cotizados añaden un 3% a la base reguladora, y de los 25 a los 35 suman un 2% adicional.
Rechazo de la congelación de las pensiones
Los grupos del Pacto de Toledo han incluido en el texto una reconvención al gobierno por haber congelado las pensiones en 2011: esta medida “no se ha realizado de acuerdo con las recomendaciones del Pacto de Toledo”. Además, en la última sesión de la Comisión, se añadió el siguiente mandato para que no se puedan tomar este tipo de iniciativas unilateralmente: “La Comisión considera que este tipo de medidas no puede adoptarse sin la consulta y el debate previos en el ámbito del Pacto de Toledo”.
Otras medidas:
Además de los aspectos antes consignados, el Pacto de Toledo ha acordado muchas otras recomendaciones para que el gobierno las tenga en cuenta a la hora de redactar su reforma de las pensiones. Las más destacadas son:
– La más llamativa, cambiar el método de revalorización de las pensiones.
Actualmente, cuando la subida anual de pensiones dictada por el gobierno es superior a la inflación, esa diferencia se consolida para las pensiones futuras. La Comisión propone que, año a año, se decida si esa subida extra se consolida, se consolida parcialmente o bien se resta de futuras subidas. Todo, en aras de la “sostenibilidad” del sistema.
– Elevar el tope máximo de cotización y la pensión máxima. Esto permitiría “garantizar la adecuada correlación en la evolución de salarios, cotizaciones y prestaciones”.
– Tender a equiparar la protección social que ofrecen los regímenes de los trabajadores por cuenta ajena y el de los autónomos. También, promover que las bases de cotización de los autónomos se aproximen a sus ingresos.
– Extender la posibilidad de cotizar a los becarios de postgrado; todo, en el marco de su recomendación referida a la necesidad de extender la cotización al sistema “a cualquiera de los trabajos realizados en todos los sectores de actividad económica”.
– Mejorar las pensiones de viudedad, sobre todo para las personas mayores de 65 años sin otros ingresos. El objetivo, dice la Comisión, es garantizar a estas personas “una situación de renta equiparable a la existente antes del fallecimiento del cónyuge”. El mecanismo más adecuado, dice la Comisión, sería “elevar el porcentaje de la base reguladora que se utiliza para calcular la pensión de viudedad”, actualmente la mitad de la pensión del cónyuge fallecido. La Comisión abre la puerta, en todo caso, a bajar las pensiones de viudedad de las personas que tienen otros ingresos y son menores de 65 años; lo hace empleando la fórmula de “adecuar la protección de colectivos menos vulnerables”.
– Ampliar, hasta los 25 años, la posibilidad de percibir la pensión de orfandad.
– Impulsar los planes de pensiones privados que las empresas abren a sus trabajadores. Para ello, la Comisión insta a sindicatos y empresarios a pactar en el marco de la negociación colectiva. También quieren que se traten mejor fiscalmente las aportaciones a estos planes.
– Mejorar el tratamiento de los periodos de cuidados a hijos o personas dependientes. En la última recomendación de la Comisión, la referida a “mujer y protección social”, los diputados instan a que se impulsen “mecanismos que incorporen la atención y cuidado de los hijos o personas dependientes como elementos a considerar en las carreras de cotización”. El objetivo es que este tipo de situaciones, que afectan especialmente a las carreras de cotización de las mujeres, no afecten negativamente a la pensión de jubilación.

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