Actuación de las MATEPSS tras la firma del Acuerdo económico y social entre gobierno y sindicatos

Tiempo de lectura aproximado: 2 minutos

Gobierno, CEOE, CEPYME, CCOO y UGT firmaron el 2 de febrero el Acuerdo Social y Económico, en el que se enmarca la funesta Reforma de las Pensiones y que incluye nuevos puntos que regulan la actuación de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales (MATEPSS) y que han pasado totalmente desapercibidos.

Desde la Secretaría Confederal de Salud Laboral y Medio Ambiente, miramos con preocupación estas cláusulas ya que, además de ser poco precisas, consideramos que, una vez más, el dialogo social ha sido utilizado por los firmantes para recortar los derechos de los trabajadores y trabajadoras y que a continuación trasladamos literalmente:

• La cuota de contingencias profesionales de Seguridad Social ya lleva incorporado un elemento de capitalización (capitales coste) que prevé deslizamientos futuros del gasto, y por tanto su cuantía debe ajustarse a los costes de las prestaciones y de su gestión, y de la prevención de la siniestralidad y demás riesgos laborales para cada sector de actividad. Durante el periodo de cinco años a partir de la vigencia del presente acuerdo se procederá a una evaluación anual de los costes de las prestaciones así como de los costes de gestión de forma que ello propicie el ajuste de las cotizaciones profesionales en un contexto compatible con las necesidades de la coyuntura económica.

• Las Mutuas y el INSS desarrollarán programas y criterios de colaboración a fin de controlar más eficazmente los costes empresariales derivados de los procesos de IT de duración inferior a 15 días.

• Los órganos directivos de las Mutuas se compondrán de las empresas con mayor número de trabajadores mutualizados, de otras designadas paritariamente por las organizaciones empresariales y de una representación de las organizaciones sindicales más representativas.
Fuente: Acuerdo Social y Económico

Es intolerable que los sindicatos mayoritarios firmen un acuerdo en el que, entre otras cosas, se atribuyen más competencias a las MATEPSS a la hora del control de las Incapacidades Temporales (en el caso de contingencias comunes no podían hacer labores de seguimiento y control hasta el día 16 de baja, siempre que se tuviera concertada con ellos la gestión económica de dichas contingencias), siendo conocedores de las presiones que dichos controles suponen para los trabajadores. Entendemos que este acuerdo es sólo el principio y que posteriormente legislarán el modo en el que se habilitará a las Mutuas para esta nueva función.

En lo referente al ajuste de las cotizaciones empresariales por contingencias profesionales, no es nada especifico, pero esperamos que éstos sean tanto en positivo como en negativo, es decir, aumentando cotizaciones en caso de alta siniestralidad y bajándolas en caso contrario.

Además, en el último punto del acuerdo en lo referente a MUTUAS, dejan abierta la puerta para acceder a los órganos directivos de las mismas a los sindicatos más representativos, con todo lo que eso conlleva, siendo una vez más juez y parte, al igual que en la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales, tal y como denuncia la USO y el Tribunal de Cuentas.

LSB-USO
Siguenos en: