El viernes 27 de Mayo el Consejo de Ministros dio luz verde al proyecto de ley, iniciativa del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, con un objetivo muy claro: garantizar la igualdad, a todos los niveles desde la perspectiva legislativa, siendo el derecho antidiscriminatorio el elemento rector de la misma.
El estado se convierte de esta manera en agente garante y protector, ante situaciones de injusticia social, fundamentadas en motivos que hagan alusión a la raza, el sexo, la religión u opinión o cualquier otra discriminación por circunstancia personal o social.
Algunas de las novedades más significativas de esta legislación residen en materias como educación, donde se especifica la prohibición de financiación pública a centros educativos que excluyan al alumnado por razón de alguna de las causas establecidas en la Ley; empleo nombrando explícitamente la exigencia de igualdad de trato y no discriminación en los criterios de selección, formación, promoción o retribución; atención sanitaria o acceso a la vivienda.
Cuarenta y nueve Artículos que, sustentados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, son concebidos por parte de la Administración y Organizaciones Sociales como un importante paso en la adecuación de la normativa española a las Directivas Europeas y a una realidad social cambiante, respuesta a los procesos de ciudadanía y co-integración que ha de contar con un marco jurídico apropiado. Abordar los retos y metas de la futura sociedad ha de contar con el apoyo de un estado que entienda la diversidad y la diferencia como elementos complementarios a la igualdad de derechos y equidad en las oportunidades.
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