El TSJA anula la integración del personal de Egmasa en la nueva agencia Amaya, según USO

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El sindicato USO ha destacado que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha emitido una sentencia a favor del sindicato y contra la Ley 1/2011, de Reordenación del sector público andaluz, de forma que dicho fallo judicial “anula la integración del personal de  la extinta empresa pública Egmasa –3.711 trabajadores– en la nueva Agencia de Medio Ambiente y Agua (Amaya)”.

Según indica USO en una nota, esta es la segunda sentencia del TSJA que anula “el punto más polémico” de la reforma de la Junta, que es la integración del personal de las empresas públicas y otros entes instrumentales en las nuevas agencias. Ha precisado que de las ocho agencias creadas, “ya hay dos con fallos que declaran la nulidad de la integración de los trabajadores procedentes de la conocida como administración paralela de la Junta”.

USO apunta que la Junta “puede interponer recursos de casación ante el Tribunal Supremo (TS)”.

Esta última sentencia del TSJA, de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo con sede en Sevilla, fechada el 15 de diciembre de 2011, pero recientemente notificada a las partes, acoge la argumentación del primer fallo e insiste en que el “acceso privilegiado” de los trabajadores de la “administración paralela” a las nuevas agencias públicas supone un “desprecio al Estado de Derecho” y una “flagrante vulneración de derechos fundamentales”.

El sindicato ha recordado que recientemente “ha habido más de media docena de pronunciamientos judiciales también contrarios a la Junta, pero se trata de medidas cautelares, que paralizan la integración del personal, pero de forma provisional hasta que haya sentencia firme”.

Ha dejado claro que este último fallo del TSJA “no se refiere a medidas cautelares, sino que directamente declara la nulidad de la disposición adicional del decreto por el que se aprueban los estatutos de la nueva Agencia, que depende de la Consejería de Medio Ambiente,  en un pleito impulsado por la Unión Sindical Obrera (USO) en el que también está personado UGT, pero alineándose a las tesis de la Junta”.

“Una cosa es la subrogación empresarial de las normas laborales –esgrimida por la Junta en su defensa– y otra bien distinta la integración que convierte a este personal automáticamente en laborales de la Administración autónoma con atribución de potestades y funciones públicas”, señala el fallo.

Ha recordado que el primer fallo del TSJA que anuló la integración del personal “fue referido a la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, en el pleito dirigido por el bufete Mariano Aguayo de Córdoba, que representa a las asociaciones de empleados públicos Al Andalus y Defiendo mi derecho y la gestión pública”.

SATISFACCIÓN EN USO

Para USO, el TSJA “ha venido a decir alto y claro que la reordenación del sector público andaluz vulnera los derechos fundamentales garantizados en la Constitución Española y en el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP)”.    

El secretario general de la Federación de Empleados Públicos de USO en Córdoba, José Joaquín Castro, ha manifestado su satisfacción tras conocer el contenido de esta sentencia, que “viene a refrendar judicialmente la postura mantenida por los responsables de este sindicato en su defensa de los empleados públicos,  desde que se inició el proceso en junio de 2010”.

LSB-USO
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