Rechazado el recurso de la empresa Servicio Asistido Médico Urgente

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Se ha explicado en una nota que el alto tribunal ha rechazado en un auto el recurso planteado por la empresa Servicio Asistido Médico Urgente, S.L., contra la sentencia del juzgado de lo Social de Bilbao que en febrero de 2014 reconoció la ultraactividad de ambos convenios y su aplicación más allá del período para el que fueron pactados.

Uno de ellos es de eficacia general y de aplicación a todas las empresas del territorio de Bizkaia, pactado para el período 2006-2007.

El otro es de eficacia limitada, firmado por USO con una vigencia del 2008 al 2012 y de aplicación a quienes se adhirieron a él y sólo para las empresas de la UTE -Unión Temporal de Empresas- Ambulancias Bizkaia.

Al aprecer, la resolución supone que en esta UTE, donde trabajan unas 400 personas, la plantilla pueda recuperar el 8 % del descuento salarial que la empresa aplicó sin acuerdo al entender que el convenio había perdido su vigencia.

LSB-USO
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