Entra en vigor la nueva regulación sobre jornada y horarios en la AGE

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En BOE de 18 de septiembre se publica Resolución de 16 de septiembre de 2015, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se modifica la de 28 de diciembre de 2012, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos.

Como ya os hemos venido informando, la nueva regulación sobre jornada y horarios de los Empleados Públicos de la AGE, ya en vigor, amplía hasta el 31 de enero el disfrute de los permisos por asuntos particulares y vacaciones que, hasta la fecha, se extendía al 15 de enero.

La Dirección General de la Función Pública se reunió hace unos días con los representantes de los sindicatos de la Administración General del Estado para informarles sobre esta resolución, que modifica una anterior de 2012.

La nueva regulación contempla un incremento en el número de días de permiso por asuntos particulares hasta un máximo de seis y que cada administración pueda añadir dos días de asuntos particulares al cumplir el sexto trienio y un día adicional por cada trienio cumplido a partir del octavo.

Además, la Administración podrá añadir hasta un máximo de cuatro días adicionales de vacaciones anuales en función del tiempo de servicio prestado por los funcionarios públicos. En el supuesto del Estado, se regula el disfrute de dichos días a los 15, 20, 25 y 30 años de servicio.

Así, con 15 años de servicio se tendrán 23 días hábiles de vacaciones (uno más de los establecidos con carácter general), mientras que con 20 años de servicio se dispondrán de 24 días hábiles de vacaciones; con 25 años de servicio se tendrán 25 días de vacaciones, y con 30 años o más, se dispondrá de 26 días hábiles de vacaciones.

Los días adicionales de permiso y vacaciones se podrán disfrutar en el Estado desde el día siguiente al del cumplimiento de los correspondientes años de servicio.

LSB-USO
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