USO rechaza un nuevo aplazamiento en el Tribunal Supremo

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La empresa Sniace se ha puesto en contacto con el sindicato USO con el objeto de ratificar en un documento el acuerdo que, según la misma, se habría llevado el pasado día 6 de octubre entre comité y dirección por el cual las partes se comprometían a solicitar un nuevo aplazamiento ante el Tribunal Supremo.

USO manifiesta que en dicha reunión no se llegó a ningún acuerdo de solicitar un nuevo aplazamiento. Todo lo contrario. Tanto USO como otros representantes sindicales se negaron a solicitar un nuevo aplazamiento y exigieron a la empresa celeridad en la aplicación de los acuerdos laborales.

Ante la nueva petición de la empresa, USO manifiesta su oposición a dilatar más un proceso que ha llevado a cientos de familias a una condición extrema. Para USO, es absolutamente inaceptable mantener una situación en la que los altos directivos de la empresa reciben unos sueldos desorbitados y vergonzantes mientras muchos trabajadores no ingresan cantidad alguna.

El sindicato considera que es hora de que la empresa ponga las cartas sobre la mesa y diga de una vez por todas cuales son los planes reales para el futuro y de manera singular se especifique el esfuerzo que están dispuestos a hacer los máximos accionistas. Para ello, con los calendarios propios del Tribunal Supremo en la tramitación para el señalamiento de la liberación, votación y fallo, hay tiempo suficiente de poder suscribir un acuerdo transaccional si hay voluntad real.

Por otro lado, no es descartable que una vez conseguidos los objetivos del Consejo de Administración de eludir las responsabilidades en el déficit concursal generado busquen un chivo expiatorio para justificar una salida exculpatoria. Por ello, USO traslada la responsabilidad exclusiva a la empresa de la situación actual y futura.

Cualquier posibilidad de que USO considere negociar un aplazamiento deberá contener la garantía de que todos los trabajadores despedidos puedan disponer de una renta de subsistencia mínima de 800 euros al mes durante el periodo de aplazamiento solicitado.

LSB-USO
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