El acusado de un accidente laboral con muerte acepta año y medio de prisión

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El juzgado de lo penal numero 3 de Gijón condenó ayer a un año y medio de cárcel y al pago de 190.000 euros de indemnizaciones al empresario de origen británico al que se responsabiliza del accidente laboral que en enero de 2014 le costó la vida a un joven de 26 años natural de La Felguera que trabajaba en la explanada de Aboño de El Musel.

El propio acusado aceptó la pena después de reconocer los hechos ante el tribunal. La confesión del reo y el hecho de que el empresario ya haya depositado en la cuenta de los juzgados 190.000 euros para hacer frente a la responsabilidad civil permitieron que la Fiscalía rebajara su petición inicial de pena, que se elevaba hasta los dos años de privación de libertad.

La magistrada titular del juzgado aceptó además suspender la pena de cárcel a cambio de que el condenado no vuelva a delinquir en el próximo año y medio. El empresario -representante de una de las primeras empresas que se instaló en la zona de la ampliación de El Musel-, ha sido condenado como autor de un delito de homicidio por imprudencia y de otro contra la vida y la salud de los trabajadores. El imputado “ordenó a su trabajador la utilización de equipos peligrosos asumiendo la realización de trabajos con máquinas ajenas al control de la propia empresa y sin haber realizado comprobaciones previas y periódicas de los mismos”. El operario -José Miguel Fernández Méndez-, falleció cuando se disponía a limpiar los viales y la báscula situadas en la explanada de Aboño.

“Cuando iba a rellenar de agua la cisterna la compuerta de ésta y sus pernos reventaron y salieron disparados, golpeando al trabajador y causándole la muerte”, argumentó la Fiscalía en un escrito aceptado ayer por el acusado. La Guardia Civil apuntó desde un primer momento que la tapa de la cuba -que fue localizada a más de 25 metros de distancia-, le había dado al trabajador en la cabeza.

El accidente se produjo “como consecuencia de un exceso de presión en el interior de la cuba por el llenado incorrecto de la misma”. El empresario “incumplió de manera absoluta las obligaciones derivadas de su cargo, en especial las asumidas en materia de prevención de riesgos laborales” por dar la orden de limpiar la explanada “sin comprobar el equipo de trabajo” facilitado al trabajador y sin formar al fallecido sobre el manejo de la máquina antes de usarla.

LSB-USO
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