Condenados los responsables de seguridad y obra por el accidente de un encofrador

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El administrador de una empresa de construcción y responsable del plan de seguridad y el director de obra de una vivienda construida en Santabaia, Allariz en 2011, J.L.M.L. y J.J.A.R., han sido condenados por el Juzgado de lo Penal 1 de Ourense a un año de prisión y mil euros de multa cada uno por un delito de lesiones imprudentes y otro contra el derecho de los trabajadores, en relación con el accidente laboral que sufrió un encofrador cuando desarrollaba su actividad en este proyecto.

Según recoge la sentencia, el operario estaba colocando los puntales metálicos que sujetan la estructura para la placa de la cubierta, así como las vigas y los tableros de madera a los que van anclados, cuando cayó al suelo. El informe de la Consellería de Traballo elaborado tres meses después indicó como causa del accidente la falta de medidas de protección frente a caídas de altura. La Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, por su parte, constató que con posterioridad al suceso se colocaron redes de protección y línea de vida, y ratificó que la caída, desde 4 metros de altura, se produjo “sin disponer de protecciones colectivas e individuales apropiadas”, tal y como recoge la sentencia.

Como consecuencia de este accidente, el obrero sufrió una lesión medular y fractura torácica, estuvo 140 días hospitalizados y 225 impedidos, quedándole como secuela una paraplejía y diversas lesiones y secuelas que suponen una incapacidad permanente absoluta para su ocupación habitual.

En concepto de responsabilidad civil, la sentencia establece que ambos condenados y la aseguradora, conjunta y solidariamente, así como la constructora y los dos promotores indemnizará a la víctima con una cantidad total de 444.000 euros.

LSB-USO
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