Cuidado con lo que grabamos y divulgamos por Whatsapp, puede salir caro

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Caro le puede salir a una de  las cadenas de supermercados mas importante de este pais, así como a algunos de sus empleados, el haber incumplido dos leyes de protección de datos: El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) que comenzó a aplicarse en mayo de 2018, con novedades que se unen a la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).

Trasladando este incidente al trabajo diario del vigilante de seguridad, se ha de tener claro que la información que el vigilante maneja por el desempeño de sus funciones en la seguridad privada, vídeos, fotos, documentación, ha de tener un tratamiento celoso y profesional tal y como las normas del centro señalen y las leyes dictan.

La moda del whatsapp puede ser, como dice el artículo de Merca2 con Bloomberg Un arma de doble filo.

Así que ojo con la información que se maneja en los centros de trabajo y el uso que se pueda hacer de ella mas allá del previsto por el propio servicio y la ley. Para el vigilante de seguridad es esencial conocer las leyes y observarlas celosamente.

Las cuantías de las sanciones por incumplimiento de la norma crecen con el reglamento europeo: van desde los 10 millones de euros o el 2% de la facturación global anual, hasta los 20 millones de euros o el 4% de la facturación.

Al ser el primer año de aplicación de la normativa europea los expertos aseguran que “aprenderemos de las sanciones que se impongan en Europa”, mientras tanto la AEPD seguirá aplicando multas cuando lo considere oportuno con la LOPD. Según la ley española, el artículo 45 impone sanciones que van desde los 900 euros –con infracciones leves– hasta un máximo de 600.000 euros para las más graves.

Pero no solo Mercadona se enfrenta a multas administrativas por vulnerar la ley los datos de carácter personal de sus clientes. WhatsApp se ha convertido en un arma de doble filo que los trabajadores podrían pagar muy caro.

LSB-USO
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