La AN condena a Seguridad Integral Canaria por no conceder el crédito horario a un delegado de USO

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La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha emitido un fallo en el que condena a Seguridad Integral Canaria a abonar a nuestro sindicato la cantidad de 3.058,56 euros, así como otros 600 euros en concepto de honorarios de la letrada, tras no conceder a un delegado de USO el crédito horario de 2016.

Esta condena viene dada por el incumplimiento de dos sentencias anteriores de la Audiencia Nacional, del año 2017 y 2018, tras la presentación de demanda de conflicto colectivo por parte de la FTSP-USO, por negarle de forma reiterada y abusiva el poder disfrutar de las horas sindicales a un delegado sindical en esa empresa.

El auto dictamina que “las sentencias de conflicto colectivo son son directamente ejecutivas desde el momento en que se dicten, con independencia del recurso que se interponga contra las mismas”.

Esta empresa “pirata” ha violado de forma sistemática los derechos sindicales de los delegados, tratando de impedir la presencia de la USO en los distintos comités de empresa y, por lo tanto, la acción sindical de nuestros delegados.

La importancia de esta sentencia radica en el reconocimiento de los derechos los distintos representantes sindicales de USO para evitar en el futuro acciones de este tipo encaminadas a obstruir la labor sindical, y no tanto en la indemnización fijada puesto que, dada la situación actual de la empresa, inmersa en concurso voluntario de acreedores, es bastante probable que no sea abonada.

LSB-USO
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