Guía en materia de PRL en plataformas digitales

Tiempo de lectura aproximado: 3 minutos

El desarrollo de las tecnologías de la información y la comunicación está transformando la economía en diversos sentidos y, en especial, en dos de ellos que se señalan a continuación. El primero se relaciona con la robotización y la consiguiente automatización de los procesos de producción de bienes y servicios. El segundo, es el modo en que se sitúan en el mercado los productos y servicios y la forma de tejer las relaciones entre oferta y demanda. A este último fenómeno han contribuido las app o plataformas digitales.

Las plataformas digitales, desde un punto de vista estrictamente tecnológico, son sistemas electrónicos de información alojada en un servidor y a la que puede accederse desde dispositivos computerizados de diversa índole, como ordenadores, tablets o smartphones, entre otros. Desde una perspectiva económica, las plataformas son agentes económicos que pueden adoptar diversos roles: intermediación entre demanda y oferta de productos y servicios, puesta a disposición de productos o servicios propios o de otros agentes asociados, organización de la producción de prestaciones para su puesta en el mercado, etc.

En este sentido, el trabajo a través de plataformas digitales está creciendo en importancia, pero a la vez está implicando retos significativos para la salud y seguridad de sus trabajadores y trabajadoras. Específicamente, todos los riesgos implicados en la actividad realizada estarán presentes (transportes, limpieza, trabajo en el hogar, etc.), pero adicionalmente estos están agravados por las características especiales del trabajo en plataformas. Esto es, existen riesgos específicos, de un lado, por el uso de la plataforma para organizar el trabajo como, de otro lado, riesgos específicos por la forma de organizar el trabajo derivado del uso de la plataforma. A su vez, estos riesgos son ambos distintos y acumulados a los riesgos clásicos que dicha actividad tiene. Características como son la necesidad de estar siempre conectado a la espera de recibir encargos sin previsibilidad sobre ellos; la existencia de un Smartphone como medio de recibir encargos, confirmarlos e indicar que has terminado en conjunción con la conducción de vehículos; el hecho de que el ritmo de trabajo venga determinado por la parte del cliente o por un algoritmo; la privacidad y monitorización de la ejecución del trabajo mediante la tecnología; el aislamiento o invisibilidad del empleado o empleada, la pérdida de contacto social, el trabajo cara al público y las posibilidades de sufrir acoso sexual, la propia existencia de precariedad, impredecibilidad e incertidumbre en el trabajo y los ingresos; la existencia de un algoritmo o inteligencia artificial como gestor y director del trabajo y la cesión del control de las personas trabajadoras a los clientes y clientas a través de la evaluación —la llamada reputación digital—, son todos ellos elementos particulares del trabajo en plataformas y que merecen un análisis específico de sus efectos en la salud de las personas trabajadoras.

Uno de los principales problemas planteados en este tipo de trabajo en plataformas es la consideración, por parte de la empresa propietaria y gestora de la plataforma, de que todos los trabajadores que prestan servicios a través de ella lo hacen con autonomía e independencia. Ello implica que el empresario califica a los trabajadores como autónomos desposeyéndoles de la aplicación de las normas laborales protectoras. La legalidad de esta actuación por parte de las plataformas ha sido puesta en entredicho —en algunas plataformas concretas— por parte de la Autoridad laboral siendo hasta el momento que los Tribunales siempre han dado la razón a la Administración pública —en los casos investigados— confirmando las actas de la Inspección de Trabajo y declarando la relación entre los trabajadores y la empresa propietaria de la plataforma como laboral. No obstante, esta sigue siendo una cuestión debatida.

Pulse aquí para acceder a la guía

LSB-USO
Siguenos en: