La Sala de lo Social del Tribunal Supremo determina en una sentencia que los interinos que acumulen tres años de contrato serán indefinidos no fijos. De esta forma, el Alto Tribunal considera que una duración de contrato superior a tres años es injustificadamente larga, lo que conlleva que el trabajador interino pase a ostentar la condición de indefinido no fijo.
A la espera de conocer el texto integro de la sentencia del Supremo sobre interinos, que se publicará en unos días, la Federación de Atención a la Ciudadanía de USO (FAC-USO) realiza una primera valoración de este pronunciamiento judicial.
FAC-USO considera que la sentencia supone un cambio en la doctrina mantenida hasta la fecha por el Tribunal Supremo sobre este tema y que condicionaba la declaración de un posible fraude de ley a un conjunto de diferentes factores -no existencia de obligaciones económicas y/o presupuestarias-, además del transcurso del tiempo de duración previsto de los procesos de selección para cubrir la vacante. Es decir, si no se daban estos otros requisitos, aunque hubieran trascurrido 3 años o más, no consideraba el fraude de ley.
- La IA y otras herramientas digitales perpetúan los sesgos de género - 28 marzo, 2024
- Participación de la USO en el Comité de Mujeres de la CES - 27 marzo, 2024
- Requisito obligatorio en PRL: Perspectiva de género - 27 marzo, 2024