Estas son las sanciones a empresas en vigor desde este mes

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La Ley 10/2021, de Trabajo a Distancia, aprobada el 9 de julio, modificó el articulo 40 de la LISOS, que regula las cuantías de las sanciones a empresas. La modificación de las cuantías de las sanciones que entran en vigor hoy, 1 de octubre, supone un incremento de las multas impuestas a las empresas por incumplimientos laborales en una media del 20%.

A pesar de que esta modificación de las sanciones a empresas se incluye en el articulado de la Ley de Teletrabajo, las sanciones se aplican tanto a los trabajadores que realizan su trabajo a distancia, como, con carácter general, al resto de los trabajadores.

Entre las sanciones que entran en vigor hoy en el ámbito de teletrabajo destacamos la infracción leve de no informar a los trabajadores a distancia sobre las vacantes existentes en la empresa, sancionable con un multa de 70 a 750 euros. No formalizar el acuerdo de trabajo a distancia será sancionado como infracción grave, con multa de 751 a 7.500 euros.

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